viernes, 4 de mayo de 2012

El Canal Nacional fue decretado


GACETA OFICIAL DEL

DISTRITO FEDERAL

Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal

DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 3 DE MAYO DE 2012 No. 1343

Í N D I C E

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

Jefatura de Gobierno

Decreto por el que se reforman las fracciones V y VI, y se adicionan las fracciones VII, VIII, IX y X al artículo 97 de la Ley de Salud del Distrito Federal 3

Decreto por el que se deroga la fracción I y se reforma la fracción IV del artículo 11, así como se reforma la fracción VII y se adiciona una fracción VIII al artículo 12 de la Ley de Salvaguarda del Patrimonio Urbanístico Arquitectónico del Distrito Federal 4

Decreto por el que se reforman los artículos Primero y Décimo Segundo del Decreto Por el que se Adiciona una Norma “29 para el Mejoramiento de las Condiciones de Equidad y Competitividad para el Abasto Público”, a los Programas Delegacionales y Parciales de Desarrollo Urbano del Distrito Federal en las Delegaciones Álvaro Obregón y Milpa Alta 6

Decreto por el que se reforma el artículo 84 del Reglamento de Transporte del Distrito Federal 8 Sistema de Aguas de la Ciudad de México

Aviso por el cual se da a conocer el Programa Anual de Obra Pública 2012 9 Caja de Previsión del Distrito Federal

Aviso por el que se da a conocer el Listado de 5 Procedimientos que se integran al Manual Administrativo de la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar del Distrito Federal con número de registro M-11DPA-10/03 12

Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Aviso por el cual se modifica la Convocatoria para la Elección de Aspirantes a ocupar el cargo de Consejeros Ciudadanos de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal Nº 1335 de fecha 20 de abril de 2012 13

SECCIÓN DE AVISOS

J.P. Morgan Grupo Financiero, S.A. de C.V. y Subsidiarias 14

J.P. Morgan Servicios, S.A. de C.V., J.P. Morgan Grupo Financiero 76

Corporación Vistamar, S.A. de C.V. 92

Edictos 93

2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Mayo de 2012

3 de Mayo de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

JEFATURA DE GOBIERNO


 
DECRETO POR EL QUE SE DEROGA LA FRACCIÓN I Y SE REFORMA LA FRACCIÓN IV DEL

ARTÍCULO 11, ASÍ COMO SE REFORMA LA FRACCIÓN VII Y SE ADICIONA UNA FRACCIÓN VIII AL ARTÍCULO 12 DE LA LEY DE SALVAGUARDA DEL PATRIMONIO URBANÍSTICO ARQUITECTÓNICO DEL DISTRITO FEDERAL

(Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento)

MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a sus habitantes sabed:

Que la H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, V Legislatura se ha servido dirigirme el siguiente:

DECRETO

(Al margen superior izquierdo el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.-ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.- V LEGISLATURA)

ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL V LEGISLATURA.

D E C R E T A

DECRETO POR EL QUE SE DEROGA LA FRACCIÓN I Y SE REFORMA LA FRACCIÓN IV DEL

ARTÍCULO 11, ASÍ COMO SE REFORMA LA FRACCIÓN VII Y SE ADICIONA UNA FRACCIÓN VIII AL ARTÍCULO 12 DE LA LEY DE SALVAGUARDA DEL PATRIMONIO URBANÍSTICO ARQUITECTÓNICO DEL DISTRITO FEDERAL.

ARTÍCULO ÚNICO.- Se deroga la fracción I y se reforma la fracción IV del artículo 11, así como se reforma la fracción VII y se adiciona una fracción VIII al artículo 12 de la Ley de Salvaguarda del Patrimonio Urbanístico Arquitectónico del Distrito Federal, para quedar como sigue:

3 de Mayo de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5

Artículo 11.- ...

I. Se deroga

II. a III. …

IV. Canal o acequia: Es una obra hidráulica para conducir aguas de regadío, para el transporte de personas y productos, así como para conectar chinampas, lagos y lagunas.

V. a XV. …

Artículo 12.-

I. a VI. …

VII. Viveros: Viveros de Coyoacán; y

VIII. Canales: Canal Nacional, Canal de Cuemanco y Canal de Chalco.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

SEGUNDO.- El Registro Público de la Propiedad a través del Registro Público de Patrimonio Urbanístico Arquitectónico y conforme a lo establecido por los artículos 35, 38, 39, 68 y 83 del presente ordenamiento, emitirá a nombre del Gobierno del Distrito Federal el Título oficial que identificará al Canal Nacional como Espacio Abierto Monumental, en el que se reflejarán todos los actos jurídicos e intervenciones de obra que sobre él se realicen.

TERCERO.- El Gobierno del Distrito Federal deberá de formular las recomendaciones técnicas respectivas y determinar la autoridad responsable para el desarrollo y seguimiento del plan de manejo y salvaguarda correspondiente al Canal Nacional en un plazo no mayor a 30 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Recinto de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce.-

POR LA MESA DIRECTIVA.- DIP. CARLO FABIAN PIZANO SALINAS, PRESIDENTE.- DIP. RAFAEL CALDERÓN JIMÉNEZ, SECRETARIO.- FIRMA.- DIP. MARÍA NATIVIDAD PATRICIA RAZO VÁZQUEZ, SECRETARIA.- FIRMAS.

En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 48, 49 y 67, fracción II, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto Promulgatorio en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil doce.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, HÉCTOR SERRANO CORTÉS.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, FELIPE LEAL FERNÁNDEZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, EN

AUSENCIA DEL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, CON FUNDAMENTO EN LOS

ARTÍCULOS 17 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO

FEDERAL Y 24, FRACCIÓN I DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL FIRMA: EL SUBSECRETARIO DE FOMENTO DE EMPRESAS ECOLÓGICAS, ALFREDO MIGUEL MORAN MOGUEL.- FIRMA.-EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, JESÚS VALDÉS PEÑA.-FIRMA.

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