jueves, 10 de octubre de 2013

Época de lluvias en el Canal Nacional

Redacción

Foto. Daniel Ávila
Las imágenes muestran la importancia que tiene el Canal Nacional en época de lluvias, aunque este cuerpo de agua de origen prehispánico no sólo funciona para ello, sino para plantar árboles y tratar de regresarlo al hábitat donde exista flora y fauna endémica. Es preciso recordar: El jueves 3 de mayo de 2012 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Decreto por el que se deroga la fracción I y se reforma la fracción IV del artículo 11, así como se reforma la fracción VII y se adiciona una fracción VIII al artículo 12 de la Ley de Salvaguarda del Patrimonio Urbanístico Arquitectónico del Distrito Federal.
Con la reforma a la Ley de Salvaguarda del Patrimonio Urbanístico Arquitectónico del Distrito Federal, se reconoce al Canal Nacional, Canal de Cuemanco y Canal de Chalco como espacios abiertos monumentales del Distrito Federal, como se podrá ver a continuación:
Foto. Daniel Ávila
Artículo 12. Serán considerados espacios abiertos monumentales del Distrito Federal los siguientes, así como los que sean declarados en los términos de esta Ley:
[…]
VIII. Canales: Canal Nacional, Canal de Cuemanco y Canal de Chalco.

La declaración como Patrimonio Urbanístico Arquitectónico del Distrito Federal para el Canal de Cuemanco, tienen por objeto establecer un régimen tendiente a la protección, conservación, restauración y rehabilitación del Canal, entre los que destacan la recarga y limpieza del cuerpo de agua, bordos y áreas verdes asociados; la conservación de la flora, fauna y valores paisajísticos; todo ello sumado a la promoción, difusión y proyección educativa sobre su valor histórico, cultural, turístico y recreativo.

Los ámbitos de protección del Patrimonio Urbanístico y Arquitectónico, están estipulados en el artículo 5 de la Ley en comento, como podrá verse a continuación: (http://www.aldf.gob.mx/archivo-ff52f885928013adedf7b1e7295b7117.pdf)

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